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En Panamá rige el sistema de territorialidad de la renta para que se genere impuesto. Es así que ningún ingreso generado fuera del territorio nacional es gravable en Panamá aunque quien lo pague o lo reciba (persona natural o jurídica) esté domiciliada en la República de Panamá.
En materia fiscal Panamá ha tenido dos grandes reformas a la ley; una mediante la Ley No. 61 del 26 de diciembre de 2002, que dicta medidas de reordenamiento y simplificación del Sistema Tributario y la segunda a través de la Ley 6 de 2 de febrero de 2005 que implementa una programa de equidad fiscal.
C&S LEGAL BUREAU orienta a sus clientes sobre las complicaciones que puedan surgir entre el sistema tributario panameño y el tipo de estructura corporativa que se vaya a adoptar y una asesoría integral en materia de decisiones. Con eficiencia y puntualidad les representamos en los casos de litigios sobre impuestos; en los procesos administrativos; en los casos de cesión de créditos de impuestos o en su devolución ante el Ministerio de Economía y Finanzas.
Además les asistimos para que su declaración tributaria cumpla con las exigencias legales panameñas.
De igual modo proveemos servicios de representación para la clientela en procesos administrativos ante las autoridades tributarias y ante la jurisdicción coactiva, tanto a nivel nacional como municipal. |