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Las distintas creaciones de la mente humana pueden ser objeto de derecho exclusivo de explotación. Si dichas creaciones se aplican dentro de los múltiples campos de la industria, los derechos derivados podrán quedar incluidos dentro de la llamada “Propiedad Industrial”.
La Propiedad Industrial es el derecho exclusivo, previo reconocimiento del Estado, que adquiere el inventor o creador de procedimientos, objetos, modelos, dibujos o aquel que adopte determinados signos distintivos, los cuales serán aplicables, utilizados, explotados y aprovechados en cualquier rama de la industria y el comercio.
El contenido de la Propiedad Industrial en la legislación panameña ha ampliado su ámbito de aplicación y protección con la nueva ley sobre la Propiedad Industrial.
Dentro del campo de la Propiedad Industrial encontramos las Patentes y Registros, la Invención, Modelo de Utilidad, Modelos y Dibujos Industriales, La Marca, Las Marcas de los Productos y Servicios, Las marcas Colectivas y de Garantía, Los nombres comerciales, todas estas figuras que representan a la Propiedad Industrial protegidas con la presente Ley. |